El Ministerio de Desarrollo Humano de Chubut formalizó la creación de la Oficina de Matriculación y del Registro Provincial de Profesionales de Niñez, Adolescencia y Familia. La medida se sustenta en la Ley X Nº 85, el Decreto Reglamentario Nº 836/2026 y la Resolución Nº 1301/2026 del organismo provincial.

La nueva estructura administrativa funciona bajo la órbita de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, que depende de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia. Entre sus primeras responsabilidades figuran la recepción y verificación de la documentación presentada por los aspirantes, la emisión de matrículas y credenciales habilitantes, y la actualización continua del padrón de profesionales del sector.

A partir de ahora, la matrícula es de carácter obligatorio para ejercer en el territorio chubutense, ya sea en el ámbito público o privado. La exigencia comprende a licenciados y técnicos alcanzados por la Ley X Nº 85, y establece las condiciones que deben reunir para desarrollar la actividad.

El subsecretario de Desarrollo Humano, Christian Aprosoff, junto a la licenciada Silvia Miller y la doctora Daniela Cejas, participó de la puesta en funcionamiento. Según señaló Aprosoff, la implementación del registro representa un avance para ordenar y jerarquizar el trabajo profesional en niñez, adolescencia y familia, y brinda mayores garantías a las tareas que se llevan adelante con niños, adolescentes y sus familias en toda la provincia.

La reglamentación también prevé un régimen disciplinario para los inscriptos, en línea con los deberes y obligaciones que establece la Ley X Nº 85. De este modo, el registro no solo habilita el ejercicio profesional, sino que incorpora mecanismos de control y responsabilidad sobre la práctica.