En diálogo con La Tribuna Radio, el constitucionalista y exministro del STJ, Raúl Heredia, realizó un análisis sobre el resultado del plebiscito que avaló la quita de fueros en Chubut. Calificó la iniciativa de «demagógica» y de realizarse «sin ninguna necesidad ni urgencia», y advirtió que ningún juez se atreverá a violar la Constitución para aplicar el desafuero sin seguir los procedimientos ya establecidos.
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El resultado del plebiscito provincial que consultó a la ciudadanía de Chubut sobre la quita de fueros (inmunidad de arresto) a funcionarios, magistrados y dirigentes gremiales sigue generando repercusiones. A pesar de que el «Sí» se impuso con un 63% de los votos, la validez y aplicabilidad de la reforma constitucional fue puesta en severo cuestionamiento por el reconocido abogado constitucionalista y exministro del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, Raúl Heredia.
El experto comenzó realizando observaciones sobre la baja representatividad de la consulta, al señalar que el porcentaje del «Sí» se difunde sin computar los votos en blanco y sin relacionarlo con el padrón electoral total, lo que arrojaría un «treinta y siete por ciento que es un porcentaje magro» para una reforma constitucional que requiere «la máxima capacidad de consenso de la sociedad».
Además, criticó la forma en que se sancionó la enmienda original: «Fue una reforma que usted sabe se sancionó el veintisiete de febrero de este año en sesión extraordinaria de la Legislatura sin ninguna necesidad ni urgencia, sin que nadie conociera lo que se iba a hacer».
La principal crítica del constitucionalista se centró en la inoperancia de la reforma. Heredia explicó que al ser la Constitución un sistema normativo, y la enmienda haber alcanzado solo a dos normas, quedaron subsistentes artículos de la parte orgánica (251, 252 y 253) que «consagran la inmunidad de arresto».
«Nadie va a violar la Constitución en el futuro, así que no tiene operatividad la reforma tal como ha sido concebida.»
Para el letrado, la intención detrás de la consulta fue puramente política, calificándola de «un mensaje que yo llamé siempre del primer instante demagógico, un mensaje absolutamente demagógico que le dijo a la sociedad que hay que terminar con los privilegios».
Heredia se encargó de aclarar que, en términos jurídicos, el «privilegio constitucional es una garantía que la Constitución consagra para que los poderes del Estado funcionen de manera independiente y autónoma y se controlen recíprocamente sin temor a represalias de unos contra otros».
El especialista fue consultado sobre qué ocurriría si un juez intentara aplicar la quita de fueros sin el procedimiento de desafuero vigente. Su respuesta fue contundente:
«El juez que se atreviera a detener a otro juez, a un fiscal, al gobernador, a un intendente o a un dirigente sindical, sin cumplir con el procedimiento de desafuero establecido cometería el delito de violación de fueros que está previsto y penado en el Código Penal y también de abuso de autoridad».
De esta manera, sentenció que la reforma no logró el objetivo de derogar la inmunidad de arresto y que «Ningún juez se va a atrever a violar la Constitución, Ninguno.»
Al finalizar, y al analizar las causas de este tipo de planteos políticos, Heredia sugirió una obediencia a un «autoritarismo político» que se traslada, aunque en el caso de Chubut, «no han podido, les repito, hacer en Chubut lo que se propusieron».


